La Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los derechos digitales.

LA PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PESONAL


La LOPD, Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo Reglamento de Medidas de Seguridad, establecen la obligación de adoptar medidas estrictas de seguridad, así como inscribir los ficheros en la Agencia de Protección de Datos, a las empresas y profesionales que mantengan ficheros con datos de personas físicas.

La gran mayoría de las empresas y profesionales guardan datos de sus clientes, proveedores, empleados, información comercial, etc., por lo que están obligados a declarar los ficheros que contengan datos de carácter personal a la Agencia de Protección de Datos, implantar una serie de medidas de seguridad, elaborar el documento de seguridad obligatorio así como a cumplir una serie de obligaciones en la recogida y el uso de esos datos.

El objetivo de nuestro despacho profesional es facilitarle todo el proceso de adaptación a la nuevas exigencias legales proporcionándoles los modelos de documentación exigida, gestionar su inscripción en la Agencia de Protección de Datos, redactar el documento de seguridad, redacción de contratos entre responsable del fichero y encargado del tratamiento y finalmente indicarles las medidas que deben adoptar para su cumplimiento.
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